Venta de entradas

La venta de entradas para los partidos de fútbol profesional son responsabilidad del club organizador. Existe una regulación en la Ley 19.327 que los clubes deben cumplir para llevar a cabo esta venta de entradas.

Marco regulatorio:

De acuerdo a la Ley de Derechos y Deberes en espectáculos de fútbol profesional y su reglamento, se ha establecido que para todos los partidos de fútbol que se jueguen en nuestro país, incluyendo los espectáculos internacionales, el organizador (club) deberá realizar un control de identidad en el acceso al estadio a todos los asistentes. Esta normativa está vigente desde el 14 de marzo de 2014. Desde entonces, todos los clubes han hecho registro de los asistentes a cada uno de los partidos, diferenciado por los distintos sectores del estadio (Tribunas, galerías, etc.).

Entradas y acreditaciones:

El Reglamento de la ley establece una serie de exigencias respecto de las entradas y acreditaciones para ingresar a un espectáculo de fútbol profesional. De esta forma, se reconocen como instrumentos válidos para el ingreso a un recinto deportivo a las entradas y las acreditaciones; sin perjuicio de ello, todo documento válidamente que permita el ingreso del asistente al recinto deportivo y que cumpla, en general, con las mismas funciones que una entrada, debe considerarse como tal (art. 49 inc. 2° Reglamento)

Compra de entradas:

Chilenos:

Todas las personas que deseen comprar entradas para un espectáculo de fútbol profesional en cualquier estadio del país, deberán portar la siguiente documentación:

  • Cedula de identidad chilena vigente
  • Comprobante emitido por el registro civil de cédula en trámite

Extranjeros:

  • En caso de tratarse de extranjeros, deberán presentar aquel documento que acredite su identidad en su país de origen
  • Pasaporte

Requisitos de las entradas:

Las entradas para el público que sean válidas para un espectáculo de fútbol profesional, deben contener como mínimo lo siguiente:

  • La debida numeración.
  • La indicación de día, horario y recinto deportivo en que se desarrollará el espectáculo; de la competición a la que pertenece el partido, en su caso; del organizador; y de los equipos participantes.
  • El nombre del sector habilitado para el público que corresponda a la entrada y el número del asiento respectivo.
  • El acceso por donde el asistente debe ingresar.
  • Las condiciones de ingreso y permanencia en el recinto o una referencia a la página de internet en donde se puedan consultar.
  • El valor o, en su caso, si corresponde a una entrada de cortesía.
  • Para el caso de entradas nominativas, debe incluirse además el nombre y RUT del asistente.
  • Las entradas de los distintos sectores habilitados para el público deberán diferenciarse por colores o por símbolos distintivos, debiendo ser fácilmente identificables por los asistentes a los sectores de ambos equipos.

Obligaciones de los asistentes

  • Portar su entrada o acreditación, durante todo el tiempo que permanezcan en el recinto deportivo. Se exceptúan de esta obligación, aquellos niños que o se puedan ocupar por sí solos un asiento (infantes que deben estar en brazos del adulto responsable).
  • Presentar la entrada o acreditación a requerimiento de cualquier trabajador o colaborador del organizador, guardia de seguridad o funcionario de Carabineros de Chile.
  • Portar su cédula de identidad, o en su defecto, el comprobante de solicitud de cédula de identidad vigente emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. En el caso de extranjeros no residentes, deben portar su pasaporte, cédula o documento de identidad u otro equivalente. Excepcionalmente, el jefe de Servicio de Carabineros de Chile puede autorizar el porte de otros documentos de identificación emitidos por la autoridad pública.
  • Se exceptúan de esta obligación, los menores de 12 años cuando asistan al recinto bajo la supervisión de un adulto responsable.
  • En caso de tener una acreditación, debe ser portada a la vista.

Requisitos de la acreditación.

Por su parte, las acreditaciones deben contener como mínimo:

  • El nombre y RUT del acreditado.
  • La fotografía del acreditado.
  • La función e institución a la que representa el acreditado.
  • Los sectores, zonas o cabinas que el acreditado tiene permitido el acceso.

Características del procedimiento de venta y uso de entradas y acreditaciones

El procedimiento de venta o entrega de entradas y acreditaciones es de exclusiva responsabilidad del organizador del espectáculo de fútbol profesional (club) por lo tanto:

  • Las entradas y acreditaciones no pueden venderse ni entregarse a quienes se encuentren impedidos de asistir a espectáculos de fútbol profesional, ya sea por prohibición judicial, administrativa, o por el ejercicio del derecho de admisión.
  • El valor de las entradas para los asistentes del equipo visitante no podrá ser superior al valor de las entradas de los asistentes del equipo local.
  • El organizador (club) es responsable de que los asistentes que tenga acreditaciones las porten a la vista

Facultades de la autoridad administrativa (Delegación Presidencial Regional o Provincial)

  • Limitar el número de entradas que podrán ser adquiridas por una misma persona.
  • Exigir el uso de entradas nominativas para el acceso a determinados sectores habilitados del recinto deportivo.
  • Suspender o limitar el horario de venta de entradas en determinados lugares.
  • Limitar en determinados sectores del recinto el uso de sistemas de venta y entrega de entradas, cuando éstos permitan a copia o impresión múltiple.